miércoles, 26 de noviembre de 2008
jueves, 20 de noviembre de 2008
La Cámara de Diputados veta a la presidenta
Buenos Aires, Argentina – 18/11/08. Hubo mucha gente presenciando y participando de la reunión de la Comisión de Recursos Naturales de Diputados que se realizó hoy martes. El tema del veto a la ley de protección de glaciares por la presidenta Cristina Fernandez de Kirchner acumula mucho desagrado e indignación. En la reunión de la Comisión de Recursos Naturales fue rechazado el veto presidencial a la ley y sus integrantes intentarán que el tema sea respaldado en el recinto con el texto originalmente aprobado. Los diputados presentes (estuvieron ausentes los del bloque oficialista) no recordaban ninguna ley que en los últimos tiempos hubiese sido vetada en su totalidad, con el agravante de que además fue aprobada por unanimidad en ambas cámaras.
Fuentes: Unión de Asambleas Ciudadanas, diarios Crítica de la Argentina y Perfil
Por la mañana de hoy miércoles en la reunión de labor parlamentaria integrada por los presidentes de comisiones, el proyecto debería obtener 2 tercios favorables a su tratamiento para poder ser tratado luego en el recinto sobre tablas. Si no lograra entrar en el temario de la próxima sesión, insistirán para tratarla sobre tablas en la siguiente o bien sacarle dictamen favorable en la reunión de comisión de Recursos, cuando se dignen dar quorum...
FUENTE: http://www.noalamina.org/index.php?module=announce&ANN_user_op=view&ANN_id=1759
Fuentes: Unión de Asambleas Ciudadanas, diarios Crítica de la Argentina y Perfil
Por la mañana de hoy miércoles en la reunión de labor parlamentaria integrada por los presidentes de comisiones, el proyecto debería obtener 2 tercios favorables a su tratamiento para poder ser tratado luego en el recinto sobre tablas. Si no lograra entrar en el temario de la próxima sesión, insistirán para tratarla sobre tablas en la siguiente o bien sacarle dictamen favorable en la reunión de comisión de Recursos, cuando se dignen dar quorum...
FUENTE: http://www.noalamina.org/index.php?module=announce&ANN_user_op=view&ANN_id=1759
miércoles, 19 de noviembre de 2008
El gobierno veto la protección del agua de los argentinos
Declaraciones de la Diputada Nacional Fernanda Reyes (ARI-CC), integrante de la Comisión de Minería de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.
La presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner, a través del decreto 1837/2008 vetó la ley de protección de los glaciares y ambientes lindantes que había sido recientemente sancionada en el Congreso, previa aprobación de las dos Cámaras que lo componen.
Ante dicho decreto la Diputada Nacional Fernanda Reyes (ARI-CC), integrante de la Comisión de Minería de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, manifestó: “Se trata de un verdadero veto a la vida. Permitir explotar minas a cielo abierto en las nacientes acuíferas de nuestro país es poner la dignidad y la vida humana al servicio de las empresas multinacionales. La presidenta debería saber que el agua es un recurso escaso y con estas políticas condenan a las presentes y futuras generaciones".
La ley, establecía “los presupuestos mínimos para la protección de los glaciares y del ambiente periglaciar con el objeto de preservarlos como reservas estratégicas de recursos hídricos y proveedores de agua de recarga de cuencas hidrográficas” (art. 1º), y expresaba entre su prohibiciones la exploración y explotación minera o petrolífera, en los glaciares y en el ambiente periglaciar saturado en hielo.
Asimismo la Diputada sostuvo: “Se trata de un episodio más de la política minera de este gobierno. Durante toda su gestión han mantenido los beneficios económicos que las empresas mineras poseen desde la década del 90, con una política ambiental inexistente de parte de la Sec. Picolotti, y ahora premia a estas empresas posibilitándoles el uso y contaminación del agua que todos los argentinos consumimos”.
Relaciones carnales....
La prohibición a la que hace referencia el articulo 6 de la norma vetada impediría la realización del proyecto minero binacional argentino chileno “Pascua Lama”, localizado en la provincia de San Juan, el más grande de la Argentina con una inversión de unos 3000 millones de dólares. Vale aclarar aquí que el gobernador de dicha provincia, José Luis Gioja, fue el impulsor de las leyes que rigen la actividad cuando en el año 1994 era el presidente de la Comisión de Minería de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.
La importancia de los glaciares abarcados por la ley como prohibidos para la realización de actividades mineras y petrolíferas es, sin dudas, superlativa.
La situación de degradación y retroceso de la que son objeto las masas de hielo del planeta debido a los efectos del cambio climático, y a las intervenciones directas e indirectas de los proyectos productivos generados en sus zonas de influencia han suscitado la preocupación científica y ciudadana por el futuro de los glaciares.
Ya se ha explicado en el punto anterior la importancia de los mismos sobre todo para las zonas cordilleranas.
Ahora bien, en este marco de derretimiento de hielos, de escasez de agua potable y de aumento de casos de contaminación de la megamineria la presidente de la Nación veta una ley (votada y defendida por los representantes del pueblo de la nación pertenecientes al oficialismo) tendiente a proteger el agua de los argentinos.
Los mayores emprendimientos mineros proyectados sobre los glaciares de la Cordillera se enmarcan en el denominado Tratado de Integración Minero Argentino-Chileno, verdadero símbolo de entrega de soberanía a los negocios de la gran minería multinacional.
Este tratado Minero, es lo que hoy sustenta que las empresas mineras del Norte, puedan hacer conjuntamente con sus facilitadores gobernadores justicialistas, una presión de tal magnitud, que logran destruir una ley que posibilitaba la aplicación y cumplimiento de los principios de prevención, sustentabilidad y equidad intergeneracional, sobre el acceso al agua y custodia de sus fuentes en origen. Origen por cierto milenario, que estas formas de saqueo institucional lograrán destruir, de continuar esta actitud política de devastación ambiental e institucional.
El lobby de los gobernadores, cual emisarios de las empresas multinacionales mineras, todo lo puede.
Cristina y el gobernador de la Provincia de San Juan, quien ocultó en complicidad con la minera, la presencia de glaciares en los dos proyectos más importantes del país, Veladero y Pascua Lama. Debió retirar los IIA del Proyecto Pascua Lama y reconocer solo 4 de los 32 avistados por expertos.
La importancia de los glaciares abarcados por la ley como prohibidos para la realización de actividades mineras y petrolíferas es, sin dudas, superlativa.
La situación de degradación y retroceso de la que son objeto las masas de hielo del planeta debido a los efectos del cambio climático, y a las intervenciones directas e indirectas de los proyectos productivos generados en sus zonas de influencia han suscitado la preocupación científica y ciudadana por el futuro de los glaciares.
Ya se ha explicado en el punto anterior la importancia de los mismos sobre todo para las zonas cordilleranas.
Ahora bien, en este marco de derretimiento de hielos, de escasez de agua potable y de aumento de casos de contaminación de la megamineria la presidente de la Nación veta una ley (votada y defendida por los representantes del pueblo de la nación pertenecientes al oficialismo) tendiente a proteger el agua de los argentinos.
Los mayores emprendimientos mineros proyectados sobre los glaciares de la Cordillera se enmarcan en el denominado Tratado de Integración Minero Argentino-Chileno, verdadero símbolo de entrega de soberanía a los negocios de la gran minería multinacional.
Este tratado Minero, es lo que hoy sustenta que las empresas mineras del Norte, puedan hacer conjuntamente con sus facilitadores gobernadores justicialistas, una presión de tal magnitud, que logran destruir una ley que posibilitaba la aplicación y cumplimiento de los principios de prevención, sustentabilidad y equidad intergeneracional, sobre el acceso al agua y custodia de sus fuentes en origen. Origen por cierto milenario, que estas formas de saqueo institucional lograrán destruir, de continuar esta actitud política de devastación ambiental e institucional.
El lobby de los gobernadores, cual emisarios de las empresas multinacionales mineras, todo lo puede.
Cristina y el gobernador de la Provincia de San Juan, quien ocultó en complicidad con la minera, la presencia de glaciares en los dos proyectos más importantes del país, Veladero y Pascua Lama. Debió retirar los IIA del Proyecto Pascua Lama y reconocer solo 4 de los 32 avistados por expertos.
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Porque salvar los glaciares...
Razones del veto y refutaciones
Las argumentaciones sobre el veto de la ley son las siguientes:
i. Que ya existe legislación, como la ley de General del Ambiente (25.675) y que el gobierno ha tomado medidas respecto a la cuestión ambiental.
La Ley General del Ambiente Nº 25.675, que señala principios generales y prevé el sistema de evaluación de impacto ambiental, no tiene por qué ser la única que deba constituir "presupuestos mínimos ambientales". Cuando existe un ecosistema cuya fragilidad lo amerita, no es excesivo sino necesario que existan normativas nacionales específicas que resguarden su equilibrio, e impongan algunas razonables prohibiciones. La Ley de Bosques es un claro ejemplo de ello y entendemos que la Ley de Glaciares hace lo propio respecto a este tipo de ecosistemas.
Lejos de ser la nueva ley contradictoria con la legislación y los instrumentos de protección ambiental vigentes, la ley vetada los especifica y complementa, y permitirá ampliar significativamente nuestro conocimiento sobre los glaciares y su dinámica de retracción por el cambio climático, constituyendo un verdadero aporte al desarrollo sustentable como las Políticas de Estado que proclama el Gobierno Nacional ante la sociedad.
ii. Que, tal como señala la SECRETARIA DE MINERIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el establecimiento de presupuestos mínimos no puede limitarse a la absoluta prohibición de actividades, sino por el contrario a fijar parámetros mínimos que las provincias deben asegurar, pudiendo éstas establecer parámetros más rígidos aún, de acuerdo a su especial situación ambiental. A lo que agregan, que la prohibición de actividades descripta en el artículo 6º del Proyecto de Ley, de regir, podría afectar el desarrollo económico de las provincias involucradas, implicando la imposibilidad de desarrollar cualquier tipo de actividad u obra en zonas cordilleranas.
Esta afirmación es incorrecta dado que esas actividades y obras, como las necesarias para los pasos fronterizos, no quedan prohibidas en toda la cordillera, sino sólo sobre los glaciares, que cubren apenas una pequeña parte de la misma. Respecto de las áreas periglaciares saturadas en hielo (glaciares de roca), la ley prohíbe sólo las actividades minera y petrolífera, a fin de preservar el área más frágil y crítica para las fuentes y reservas de agua, recurso esencial para la vida y el desarrollo sustentable de la sociedad. Para el resto de las actividades, no prohibidas en áreas de glaciares, impone una razonable evaluación de impacto ambiental previa.
iii. Que al respecto, como bien ha señalado el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, la gran mayoría de los glaciares que están ubicados en el territorio continental argentino, se encuentran en las adyacencias del límite internacional con la REPUBLICA DE CHILE, en áreas que se encuentran aún pendientes de demarcación, y la inclusión o exclusión de glaciares en el inventario puede tener efectos en relación con los trabajos de demarcación en curso.
La inclusión o exclusión de glaciares de un inventario, como prescribe la ley rechazada por el Poder Ejecutivo Nacional, no es contradictoria con la presencia de un pequeño sector del límite internacional con la República de Chile pendiente de demarcación, en la provincia de Santa Cruz. En tal caso, no sólo podría aclararse dicha circunstancia en el inventario, sino que la realización del mismo generará mayores bases científicas para una mejor defensa de nuestro territorio. La gran mayoría de los glaciares argentinos están fuera de dicho sector.
iv. Que (…) la prohibición de la exploración y explotación minera o petrolífera, incluyendo en dicha restricción aquellas que se desarrollen en el ambiente periglacial saturado en hielo, daría preeminencia a los aspectos ambientales por encima de actividades que podrían autorizarse y desarrollarse en perfecto cuidado del medio ambiente.
Por todo lo explicado hasta aquí, queda claro que en vistas del diagnostico lamentablemente si no se protege los glaciares, no va a haber ningún tipo de desarrollo productivo, o tal vez lo que se esta priorizando aquí es el desarrollo productivo a corto plazo que tendrán como principales beneficiarios a gobernadores y empresas.
v. Que el Proyecto de Ley sancionado, al disponer sobre recursos provinciales, excede el alcance de las facultades reservadas a la Nación en el artículo 41 de la Constitución Nacional.
Esto es sumamente discutible ya que estamos hablando de recursos que son de interés nacional y que su afectación indefectiblemente afectara a otras provincias. Por lo que no puede establecerse en este caso la disposición de un recurso que es de afectación interjuridiccional.
vi. Que el Gobierno Nacional, comprometido con la preservación del medio ambiente y en salvaguarda de la calidad de vida de las generaciones presentes y futuras, considera oportuno invitar a los Señores Gobernadores, Senadores Nacionales y Diputados Nacionales, de las Provincias cordilleranas, a constituir un foro interdisciplinario para la discusión de las medidas a adoptar en orden a la protección de los glaciares y del ambiente periglacial.
Resulta sumamente preocupante que ante una ley que tuvo dos años de tratamiento y votado por unanimidad en ambas cámaras, sea vetada y se de cómo alternativa la constitución de un foro en los cuales se encuentran los mismos representantes. El parlamento respecto a esta ley ha sido un el espacio representativo, no sólo por su conformación, sino porque participaron organizaciones sociales comprometidas, diferentes técnicos, y el proyecto de ley fue generado con el asesoramiento técnico Sr. Ricardo Villalba Director del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales del CONICET. Esta comisión es una falta de respeto a las instituciones en la Argentina, nada más lejos de la Republica y más cerca del patrimonialismo K.
i. Que ya existe legislación, como la ley de General del Ambiente (25.675) y que el gobierno ha tomado medidas respecto a la cuestión ambiental.
La Ley General del Ambiente Nº 25.675, que señala principios generales y prevé el sistema de evaluación de impacto ambiental, no tiene por qué ser la única que deba constituir "presupuestos mínimos ambientales". Cuando existe un ecosistema cuya fragilidad lo amerita, no es excesivo sino necesario que existan normativas nacionales específicas que resguarden su equilibrio, e impongan algunas razonables prohibiciones. La Ley de Bosques es un claro ejemplo de ello y entendemos que la Ley de Glaciares hace lo propio respecto a este tipo de ecosistemas.
Lejos de ser la nueva ley contradictoria con la legislación y los instrumentos de protección ambiental vigentes, la ley vetada los especifica y complementa, y permitirá ampliar significativamente nuestro conocimiento sobre los glaciares y su dinámica de retracción por el cambio climático, constituyendo un verdadero aporte al desarrollo sustentable como las Políticas de Estado que proclama el Gobierno Nacional ante la sociedad.
ii. Que, tal como señala la SECRETARIA DE MINERIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el establecimiento de presupuestos mínimos no puede limitarse a la absoluta prohibición de actividades, sino por el contrario a fijar parámetros mínimos que las provincias deben asegurar, pudiendo éstas establecer parámetros más rígidos aún, de acuerdo a su especial situación ambiental. A lo que agregan, que la prohibición de actividades descripta en el artículo 6º del Proyecto de Ley, de regir, podría afectar el desarrollo económico de las provincias involucradas, implicando la imposibilidad de desarrollar cualquier tipo de actividad u obra en zonas cordilleranas.
Esta afirmación es incorrecta dado que esas actividades y obras, como las necesarias para los pasos fronterizos, no quedan prohibidas en toda la cordillera, sino sólo sobre los glaciares, que cubren apenas una pequeña parte de la misma. Respecto de las áreas periglaciares saturadas en hielo (glaciares de roca), la ley prohíbe sólo las actividades minera y petrolífera, a fin de preservar el área más frágil y crítica para las fuentes y reservas de agua, recurso esencial para la vida y el desarrollo sustentable de la sociedad. Para el resto de las actividades, no prohibidas en áreas de glaciares, impone una razonable evaluación de impacto ambiental previa.
iii. Que al respecto, como bien ha señalado el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, la gran mayoría de los glaciares que están ubicados en el territorio continental argentino, se encuentran en las adyacencias del límite internacional con la REPUBLICA DE CHILE, en áreas que se encuentran aún pendientes de demarcación, y la inclusión o exclusión de glaciares en el inventario puede tener efectos en relación con los trabajos de demarcación en curso.
La inclusión o exclusión de glaciares de un inventario, como prescribe la ley rechazada por el Poder Ejecutivo Nacional, no es contradictoria con la presencia de un pequeño sector del límite internacional con la República de Chile pendiente de demarcación, en la provincia de Santa Cruz. En tal caso, no sólo podría aclararse dicha circunstancia en el inventario, sino que la realización del mismo generará mayores bases científicas para una mejor defensa de nuestro territorio. La gran mayoría de los glaciares argentinos están fuera de dicho sector.
iv. Que (…) la prohibición de la exploración y explotación minera o petrolífera, incluyendo en dicha restricción aquellas que se desarrollen en el ambiente periglacial saturado en hielo, daría preeminencia a los aspectos ambientales por encima de actividades que podrían autorizarse y desarrollarse en perfecto cuidado del medio ambiente.
Por todo lo explicado hasta aquí, queda claro que en vistas del diagnostico lamentablemente si no se protege los glaciares, no va a haber ningún tipo de desarrollo productivo, o tal vez lo que se esta priorizando aquí es el desarrollo productivo a corto plazo que tendrán como principales beneficiarios a gobernadores y empresas.
v. Que el Proyecto de Ley sancionado, al disponer sobre recursos provinciales, excede el alcance de las facultades reservadas a la Nación en el artículo 41 de la Constitución Nacional.
Esto es sumamente discutible ya que estamos hablando de recursos que son de interés nacional y que su afectación indefectiblemente afectara a otras provincias. Por lo que no puede establecerse en este caso la disposición de un recurso que es de afectación interjuridiccional.
vi. Que el Gobierno Nacional, comprometido con la preservación del medio ambiente y en salvaguarda de la calidad de vida de las generaciones presentes y futuras, considera oportuno invitar a los Señores Gobernadores, Senadores Nacionales y Diputados Nacionales, de las Provincias cordilleranas, a constituir un foro interdisciplinario para la discusión de las medidas a adoptar en orden a la protección de los glaciares y del ambiente periglacial.
Resulta sumamente preocupante que ante una ley que tuvo dos años de tratamiento y votado por unanimidad en ambas cámaras, sea vetada y se de cómo alternativa la constitución de un foro en los cuales se encuentran los mismos representantes. El parlamento respecto a esta ley ha sido un el espacio representativo, no sólo por su conformación, sino porque participaron organizaciones sociales comprometidas, diferentes técnicos, y el proyecto de ley fue generado con el asesoramiento técnico Sr. Ricardo Villalba Director del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales del CONICET. Esta comisión es una falta de respeto a las instituciones en la Argentina, nada más lejos de la Republica y más cerca del patrimonialismo K.
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Porque salvar los glaciares...
Porque tenemos que salvar los glaciares
Cerca del 70% de la superficie de la tierra está cubierta por agua. De toda el agua que hay en la tierra, el 97.14% de la cantidad total del agua superficial, sólo el 2.59% es agua dulce. De esta el 70% esta congelada en los polos y en los glaciares. Por lo que se puede concluir que menos del 1% del agua existente sobre la tierra puede ser usada como agua potable.
En la Cumbre Mundial contra el Hambre, desarrollada en Roma en el 2001, se destacó la gravísima escasez de agua potable que padecen 1.500 millones de personas y que podría afectar al doble de esa cantidad en el 2025, y Naciones Unidas advierte que si actualmente el 18% de la población mundial (1.100 millones de personas) no tienen acceso al agua potable, dentro de 20 años más (el 2025) los países con problemas relacionados con ese recurso concentrarán las 2/3 partes de los habitantes del planeta. En la II Cumbre sobre Desarrollo Sustentable de Johannesburgo, a su vez, se trató la escasez de agua potable y sus consecuencias, y se señalaron números que alarman: un quinto de la población mundial (2.400 millones de personas) no tiene acceso al agua potable.
Un somero análisis de la situación descripta nos alerta sobre la necesidad de avocarnos a la tarea de proteger este bien común, máxime cuando nuestro continente encierra el 47% de las reservas de agua potable de superficie y subterránea del mundo, y el %7,8 del territorio de nuestro país (225 mil km2) es parte de uno de los reservorios de agua subterránea más grandes del mundo con alrededor de 1.190.000 km2: el acuífero guaraní.
`
Éstas son algunas de las razones por las que tenemos que salvar los glaciares.
En la Cumbre Mundial contra el Hambre, desarrollada en Roma en el 2001, se destacó la gravísima escasez de agua potable que padecen 1.500 millones de personas y que podría afectar al doble de esa cantidad en el 2025, y Naciones Unidas advierte que si actualmente el 18% de la población mundial (1.100 millones de personas) no tienen acceso al agua potable, dentro de 20 años más (el 2025) los países con problemas relacionados con ese recurso concentrarán las 2/3 partes de los habitantes del planeta. En la II Cumbre sobre Desarrollo Sustentable de Johannesburgo, a su vez, se trató la escasez de agua potable y sus consecuencias, y se señalaron números que alarman: un quinto de la población mundial (2.400 millones de personas) no tiene acceso al agua potable.
Un somero análisis de la situación descripta nos alerta sobre la necesidad de avocarnos a la tarea de proteger este bien común, máxime cuando nuestro continente encierra el 47% de las reservas de agua potable de superficie y subterránea del mundo, y el %7,8 del territorio de nuestro país (225 mil km2) es parte de uno de los reservorios de agua subterránea más grandes del mundo con alrededor de 1.190.000 km2: el acuífero guaraní.
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Éstas son algunas de las razones por las que tenemos que salvar los glaciares.
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Porque salvar los glaciares...
viernes, 14 de noviembre de 2008
Apoya esta causa con tu adhesión
Deja tus datos para adherir a esta causa... estamos juntando firmas para poder apoyar a nuestros legisladores y parar el saqueo.
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